¿Qué diferencia hay entre cesantía y exoneración en el Chaco?

Categoría: Chaco

En el Chaco, las dos son sanciones expulsivas: terminan la relación de empleo público. La exoneración es la más grave y se reserva para las faltas más serias, como la condena por delitos contra la Administración. Las causales de cada una, si hace falta sumario previo y si se puede volver a la administración provincial (y desde cuándo) los fija el estatuto del personal de la provincia (Ley 292-A). Fuera de la provincia, la Ley 25.164 impide ingresar a la Administración Pública Nacional a quien fue cesanteado o exonerado en cualquier provincia o municipio, mientras no sea rehabilitado (art. 5, inc. e).

Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.

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