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CABA Ley 471 - Marco Legal
Ambos comparten principios similares (estabilidad, ingreso por concurso, régimen disciplinario propio), pero son regímenes jurídicamente independientes: uno rige para la administración pública nacional bajo la órbita del Estado federal, y el otro exclusivamente para la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cada uno con su propia reglamentación y autoridad de aplicación.
