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CABA Ley 471 - Jornada y Condiciones
Ambos se rigen por la jornada básica de 35 horas semanales salvo previsión especial de su escalafón, aunque el personal de oficios y mantenimiento puede tener horarios rotativos o por turnos según las necesidades operativas del servicio que prestan (por ejemplo, mantenimiento de espacios públicos).
