¿Qué es el «descanso semanal» dentro del régimen de la Ley 471?

Categoría: CABA Ley 471 - Jornada y Condiciones

Es el período de descanso ininterrupto que corresponde entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente semana laboral, en general de un día y medio a dos días corridos, salvo regímenes especiales de turnos rotativos que compensan el descanso con francos distribuidos de otra manera.

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