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CABA Ley 471 - Recursos y Acciones Judiciales
Es la aptitud legal para ser parte demandante en un juicio, que en materia de empleo público corresponde en principio al propio agente afectado por el acto cuestionado, o a sus derechohabientes en los reclamos que se transmiten por su fallecimiento (por ejemplo, salarios adeudados).
