¿Qué ocurre si la inmobiliaria contrata personal a través de una empresa de servicios eventuales?

Categoría: CCT 130/75 Inmobiliarias - Relaciones Laborales

El CCT 130/75 es aplicable al personal que realice tareas normales y habituales del giro de la empresa, independientemente de la modalidad contractual. Si el personal contratado a través de una empresa de servicios eventuales realiza tareas permanentes propias de la inmobiliaria, la empresa principal puede ser responsable solidaria conforme al artículo 29 de la LCT.

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