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CABA Ley 471 - Disponibilidad
Al tratarse de una desvinculación laboral definitiva, el agente deja de generar aportes a la obra social del GCBA como trabajador activo desde la fecha de la baja, debiendo evaluar su afiliación a otra cobertura de salud (obra social por adhesión, prepaga o el régimen de monotributo, según su nueva situación laboral).
