Categoría:
Fuerzas de Seguridad - Accidentes y Salud
Los accidentes ocurridos en acto de servicio tienen un tratamiento especial y más favorable que los accidentes laborales del régimen general. El personal que sufre una lesión o incapacidad en servicio tiene derecho a tratamiento médico completo a cargo de la institución, a un retiro por incapacidad con haberes especiales, y sus derechohabientes tienen derecho a una pensión mejorada si el personal fallece en acto de servicio. La calificación de un accidente o fallecimiento como ocurrido ‘en servicio’ es un acto administrativo que puede ser impugnado si se considera incorrecta.
