¿Qué sucede si un agente no cumple con la jornada mínima exigida de forma reiterada?

Categoría: CABA Ley 471 - Jornada y Condiciones

El incumplimiento reiterado e injustificado de la jornada (ausentismo, llegadas tarde) puede derivar en descuentos salariales proporcionales y, si la conducta persiste, en la instrucción de un sumario disciplinario por incumplimiento de deberes.

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