¿Un agente en disponibilidad puede acceder simultáneamente al Retiro Voluntario?

Categoría: CABA Ley 471 - Disponibilidad

Sí, si reúne los requisitos de edad y antigüedad del régimen de Retiro Voluntario, puede optar por acogerse a él en lugar de continuar en disponibilidad a la espera de una reubicación, resolviendo así su situación de forma definitiva a cambio de la compensación económica correspondiente.

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