¿Un agente estable puede ser trasladado a otra jurisdicción sin su consentimiento sin perder la estabilidad?

Categoría: CABA Ley 471 - Estabilidad

El traslado a otra jurisdicción (por ejemplo, de la Ciudad a la Nación) requiere en general un convenio expreso y el consentimiento del agente, ya que implica un cambio del empleador y del régimen legal aplicable, distinto de una simple reasignación de destino dentro de la misma estructura del GCBA.

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