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Catamarca
El empleo público de Catamarca se rige por la Ley 3.276 (Estatuto para el Personal Civil de la Administración Pública Provincial) y sus modificatorias (Leyes 3.307, 3.519, 3.595 y 5.652). El ingreso a planta permanente requiere idoneidad acreditada, cumplimiento de los requisitos de cada categoría y superación del período de prueba. Las contrataciones por tiempo determinado no generan estabilidad ni cómputo de antigüedad para los efectos del estatuto. El agente que supera el período de prueba adquiere la estabilidad y la carrera administrativa regulada por el escalafón provincial (Ley 3.198). Fuente: Ley 3.276 — Gobierno de Catamarca; SAIJ.
