¿Qué es el «período de transición» entre la solicitud y la efectiva baja por Retiro Voluntario?

Categoría: CABA Ley 471 - Disponibilidad

Es el lapso administrativo que transcurre entre la presentación de la solicitud, su evaluación por la autoridad de aplicación, y el dictado del acto administrativo que formaliza la baja, durante el cual el agente continúa revistando normalmente en su cargo hasta que se perfecciona la desvinculación.

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