¿Qué pasa con las licencias especiales acumuladas (por ejemplo, licencia por examen no utilizada) al momento del Retiro Voluntario?

Categoría: CABA Ley 471 - Disponibilidad

Las licencias especiales no utilizadas, a diferencia de la licencia ordinaria (vacaciones), en general no generan un derecho a compensación económica al momento del cese, dado que no configuran un derecho patrimonial acumulable sino una facultad de uso condicionado a la vigencia de la relación de empleo.

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