Categoría:
CCT 547/08 - Jornada
Sí. El artículo 26 del CCT 547/08 regula el contrato de servicios o eventos turísticos, que permite contratar personal para la organización y ejecución de eventos o servicios turísticos específicos. Es una modalidad diferente a la temporada y tiene sus propias condiciones de contratación y finalización.
