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CCTG 214/06 - Régimen Disciplinario
Sí, agotada la vía administrativa y jerárquica interna, la sanción puede impugnarse judicialmente ante el fuero contencioso administrativo federal, que revisará tanto la legalidad del procedimiento como la razonabilidad de la sanción impuesta.
Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.
