¿Puede el RRHH del Estado iniciar un sumario por abandono de cargo?

Categoría: Empleo Público - RRHH del Estado

Sí. El abandono de cargo se configura cuando el empleado falta injustificadamente por el tiempo que establezca la reglamentación. Antes de iniciar el sumario, el organismo debe intimar fehacientemente al empleado a retomar sus funciones. Si no lo hace dentro del plazo establecido, puede iniciarse el sumario por abandono. Es importante documentar: las notificaciones enviadas, las fechas de ausencia y la falta de justificación presentada. Un sumario mal instruido o sin las notificaciones adecuadas puede ser anulado judicialmente.

Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.

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