¿Qué licencias especiales tiene el empleado público de CABA?

Categoría: CABA Ley 471 - Licencias

La Ley 471 establece un régimen de licencias muy amplio, que incluye entre otras: licencia anual remunerada (vacaciones), licencia por enfermedad, licencia por maternidad y paternidad, licencia por matrimonio, licencia por fallecimiento de familiar, licencia por examen (hasta 10 días hábiles anuales), licencia por adaptación escolar del hijo (primeros días de clases), licencia por acto escolar, licencia por donación de sangre, licencia especial para controles de prevención (mamografía, PAP, próstata), y desde enero 2026 la licencia por violencia de género (20 días hábiles con goce de haberes, prorrogable).

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *