¿Cómo se calcula el adicional por antigüedad en inmobiliarias?

Categoría: CCT 130/75 Inmobiliarias - Remuneraciones y Adicionales

Conforme al artículo 24 del CCT 130/75, el adicional por antigüedad se calcula como un porcentaje del salario básico de la categoría por cada año de servicio. Se computa desde el inicio de la relación laboral y el empleador debe actualizarlo automáticamente al cumplirse cada aniversario de trabajo.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *