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CCT 130/75 Inmobiliarias - Remuneraciones y Adicionales
Sí. El adicional por presentismo del CCT 130/75 corresponde cuando el trabajador no registra inasistencias injustificadas en el mes. En los acuerdos paritarios recientes se liquidó como suma no remunerativa tomando como base los básicos convencionales vigentes, siendo computable para SAC e indemnizaciones.
