¿Cómo se calcula el haber jubilatorio de un empleado del GCBA?

Categoría: CABA Ley 471 - Jubilación

Se calcula conforme a las reglas generales del SIPA: una Prestación Básica Universal, una Prestación Compensatoria por aportes anteriores a 1994, y una Prestación Adicional por Permanencia según los aportes realizados desde entonces.

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