¿Puede un empleado del GCBA con beneficio jubilatorio ya otorgado conservar su empleo?

Categoría: CABA Ley 471 - Jubilación

No, una vez obtenido el beneficio jubilatorio, la incompatibilidad entre el cobro de la jubilación y la continuidad en un empleo público en relación de dependencia obliga en general al cese de esa relación laboral.

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