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CCTG 214/06 - Jornada y Condiciones de Trabajo
Las horas en domingo, feriado, días no laborables o sábados después de las 13 hs. se pagan con un recargo del 100% sobre el salario diario habitual. Además generan un descanso compensatorio de igual duración, que debe otorgarse inmediatamente o dentro de los 30 días siguientes.
