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CCTG 214/06 - Jornada y Condiciones de Trabajo
La jornada no puede ser superior a 180 horas mensuales ni inferior a 120 horas, según los niveles de funciones o responsabilidades. Los convenios sectoriales pueden establecer jornadas menores para tareas riesgosas o insalubres. Entre el cese de una jornada y el inicio de la siguiente debe mediar una pausa mínima de 12 horas.
