¿El agente que se acoge al Retiro Voluntario puede trabajar en el sector privado durante los 48 meses de cobro?

Categoría: CABA Ley 471 - Disponibilidad

Sí, la restricción de reingreso que impone el régimen alcanza específicamente al empleo dentro de la administración del GCBA; no existe, en principio, una prohibición general para desempeñarse en el sector privado o de forma independiente durante el período de cobro de las cuotas.

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