¿Puede el personal de las fuerzas de seguridad acumular francos no gozados?

Categoría: Fuerzas de Seguridad - Licencias

Generalmente dentro de límites acotados, ya que la naturaleza continua del servicio exige que el descanso se goce en plazos razonablemente cercanos al servicio prestado, evitando una acumulación indefinida.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *