¿Puede sancionarse a un agente por el uso indebido de recursos informáticos del organismo (internet, correo institucional)?

Categoría: PBA - Régimen Disciplinario

Sí, el uso manifiestamente ajeno al servicio de los recursos tecnológicos provistos por el organismo puede constituir falta disciplinaria, especialmente si compromete la seguridad de la información o el normal desempeño de las tareas.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *