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CABA Ley 471 - Régimen Disciplinario
Dada su gravedad, la exoneración suele requerir la intervención y resolución del máximo nivel de autoridad del organismo o del Poder Ejecutivo de la Ciudad, según lo que fije la reglamentación específica, a diferencia de sanciones menores que puede resolver directamente la autoridad jerárquica inmediata.
Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.
