¿Qué categoría corresponde al empleado que realiza visitas y muestra propiedades?

Categoría: CCT 130/75 Inmobiliarias - Ámbito y Categorías

Si realiza esta tarea en relación de dependencia, se encuadra como Personal de Ventas del CCT 130/75. Si además cierra operaciones por cuenta y orden del empleador, puede considerarse vendedor. Lo determinante es que las tareas sean habituales, permanentes y remuneradas dentro de una relación de dependencia con la inmobiliaria.

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