¿Qué diferencia hay entre ‘cesantía’ y ‘exoneración’ en el régimen disciplinario municipal?

Categoría: Municipios PBA - Estabilidad

La cesantía es la sanción de separación del cargo por faltas graves; la exoneración es más severa, reservada a faltas que afectan la ética pública (corrupción, delitos), e impide el reingreso a cualquier empleo público.

Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *