Categoría:
Municipios PBA - Régimen Disciplinario
Es parte del derecho de defensa: el agente puede proponer testigos que declaren en su favor, y el instructor sumariante debe citarlos y recibir su testimonio salvo fundada improcedencia.
Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.
