¿Qué es el «ius variandi» del empleador estatal y qué límites tiene frente a la estabilidad?

Categoría: CABA Ley 471 - Estabilidad

Es la facultad de modificar unilateralmente ciertas condiciones de la prestación (horario, lugar, modalidad) dentro de los límites de la razonabilidad y sin alterar las condiciones esenciales del contrato de empleo público; su ejercicio abusivo puede ser impugnado judicialmente como lesivo de la estabilidad del agente.

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