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CABA Ley 471 - Régimen Disciplinario
Es la extinción del procedimiento sumarial cuando este permanece paralizado sin impulso por un plazo prolongado imputable a la administración, lo que puede favorecer al agente sumariado al no poder ya continuarse la investigación una vez operada esa caducidad, según lo que prevea el procedimiento administrativo aplicable.
Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.
