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CABA Ley 471 - Régimen Disciplinario
El sumario continúa su trámite igualmente, resolviéndose sobre la base de la prueba reunida; la falta de descargo no implica un reconocimiento automático de la falta, pero priva al agente de la oportunidad de aportar su versión y prueba de descargo en esa etapa específica del procedimiento.
