Ficha del convenio Convenio Colectivo “E” Fundación Favaloro (FATSA)

Convenio Colectivo “E” Fundación Favaloro (FATSA)

Convenio Colectivo de Trabajo · Empresa

Convenio Colectivo “E” Fundación Favaloro (FATSA)

Escala febrero – abril 2026 Sindicato: FATSA (ATSA Buenos Aires) Empresa: Fundación Favaloro
ConvenioConvenio Colectivo “E” FATSA – Fundación Favaloro; el acuerdo vigente rige del 1/2/2026 al 31/1/2027 y ratifica todas sus cláusulas
EmpresaFundación Favaloro para la Docencia e Investigación Médica
ArticulaciónEn todo lo no modificado rige el CCT 122/75 de clínicas y sanatorios (art. 1)
SindicatoFATSA, Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, con ATSA Buenos Aires
PersonalEnfermería, técnicos, servicios, mantenimiento y administración (arts. 6 y 7)
FuentesTexto ordenado del convenio (12/8/2019) y acuerdo salarial del 17/3/2026, publicados por FATSA
✓ Verificado contra fuente oficial: texto ordenado del convenio colectivo “E” FATSA–Fundación Favaloro y acuerdo salarial del 17 de marzo de 2026
Última revisión: 12 de octubre de 2026
Escala salarial — febrero a abril 2026

Salarios básicos del acuerdo firmado el 17 de marzo de 2026 por FATSA y la Fundación Favaloro, con vigencia del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027. Fija tres tramos (febrero, marzo y abril de 2026); las partes acordaron reunirse en mayo de 2026 para revisar las escalas (punto 2). Además se paga una suma no remunerativa mensual de $ 80.000 en febrero, $ 85.000 en marzo y $ 90.000 desde abril de 2026 (punto 3).

CategoríaFebrero 2026Abril 2026
Por categoría
Principal cuidados intensivos$ 2.305.701,16$ 2.382.416,45
Principal cuidados medios$ 2.127.051,93$ 2.197.823,21
Enfermera cuidados intensivos$ 1.706.107,12$ 1.762.872,72
Instrumentadora$ 1.706.107,12$ 1.762.872,72
Enfermera cuidados medios$ 1.584.401,58$ 1.637.117,79
Auxiliar cuidados intensivos$ 1.440.361,25$ 1.488.284,95
Auxiliar cuidados medios y consultorios$ 1.396.821,52$ 1.443.296,56
Ayudante de servicio cuidados intensivos$ 1.211.075,22$ 1.251.370,12
Ayudante de servicio general$ 1.153.404,94$ 1.191.781,03
Mucamo cuidados intensivos$ 1.152.296,61$ 1.190.635,82
Mucamo cuidados medios$ 1.095.351,63$ 1.131.796,17
Técnicos (laboratorio, hematología, etc.)$ 1.414.688,80$ 1.461.758,33
Técnicos de cuidados intensivos$ 1.485.420,90$ 1.534.843,82
Técnico biomédico$ 1.546.478,34$ 1.597.932,77
Oficial$ 1.292.978,95$ 1.335.998,95
Medio oficial$ 1.266.183,16$ 1.308.311,61
Peones generales$ 1.169.046,30$ 1.207.942,81
Administrativo 1.º$ 1.316.424,03$ 1.360.224,09
Administrativo 2.º$ 1.285.166,49$ 1.327.926,55
Administrativo 3.º$ 1.236.035,78$ 1.277.161,17
Cadete$ 1.084.182,99$ 1.120.255,92
Chofer$ 1.272.879,99$ 1.315.231,26
Telefonista más de 40 líneas$ 1.316.424,03$ 1.360.224,09
Telefonista de 20 a 40 líneas$ 1.285.166,49$ 1.327.926,55
Telefonista hasta 20 líneas$ 1.236.035,78$ 1.277.161,17
Montos mensuales (punto 5)
Título de licenciada en enfermería$ 180.037,15$ 186.027,34
Título de enfermera profesional$ 120.025,63$ 124.019,13
Estudio de enfermería$ 76.459,20$ 79.003,15
Estudios de idioma$ 38.229,81$ 39.501,79
Manejo de idioma$ 64.989,35$ 67.151,68
Diferencia de caja$ 57.342,74$ 59.250,65
Limpieza de uniforme$ 54.767,12$ 56.589,33
Valores en pesos. Fuente: acuerdo FATSA–Fundación Favaloro del 17/3/2026 (EX-2025-15916327-APN-DGDTEYSS#MCH), publicado por FATSA. Los valores de marzo figuran en el acuerdo.
Lo que marca la diferencia en este convenio
Presentismo
15%
De la remuneración, sin faltas en el mes (art. 14).
Puntualidad
5%
Con menos de 30 minutos de demora en el mes (art. 15).
Servicio esencial
3%
Premio mensual sobre el básico (adicionales).
Suma no remunerativa
$ 90.000
Mensual desde abril de 2026 (acuerdo 2026).
Bono vacacional
$ 243.654
Desde abril de 2026, por única vez (acuerdo 2026).
Día de la Sanidad
$ 66.572
Pago único en septiembre (acuerdo 2026).
Preguntas frecuentes — Convenio “E” · Fundación Favaloro (FATSA) CCT Favaloro “E”
Ámbito y categorías
Ficha del convenio: Convenio Colectivo “E” Fundación Favaloro (FATSA)
¿Qué es el convenio “E” de la Fundación Favaloro?

Un convenio colectivo de empresa entre FATSA y la Fundación Favaloro para la Docencia e Investigación Médica, que rige junto con el CCT 122/75 de clínicas y sanatorios.

¿Cómo se relaciona con el CCT 122/75?

Las relaciones laborales se rigen por el CCT 122/75 en todo lo que este convenio no modifica (art. 1).

¿Está vigente?

Sí, el acuerdo de 2026 rige del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027 y ratifica todas las cláusulas del convenio y de los acuerdos posteriores (punto 1).

¿Cuáles son las categorías de enfermería?

Principal (equivalente a caba), enfermera de cuidados intensivos, de cirugía y de cuidados medios, e instrumentadora (art. 6).

¿Qué técnicos comprende?

Técnicos de hemoterapia, laboratorio, hematología, medicina nuclear, patología, radiología, anestesia, esterilización y cardiología, con título habilitante (arts. 6 y 7).

¿Qué hace el ayudante de servicio?

Traslada al paciente desde la unidad al lugar que haga falta y lo regresa, como camillero, y apoya a enfermería (art. 7 F).

¿Y el técnico biomédico?

Es el técnico de mantenimiento que conoce el funcionamiento y la reparación del equipamiento biomédico (art. 7 G).

¿Qué son las categorías polivalentes?

La Fundación puede habilitar a un trabajador para varias categorías afines; si hace tareas de una mejor paga, cobra la diferencia proporcional (art. 5).

¿Las reglamentaciones internas necesitan aval?

Sí, se ponen en conocimiento de FATSA para verificar que no excedan las tareas de cada categoría (art. 8).

¿Cómo se fijan las funciones?

La Fundación puede detallarlas, con aval de FATSA de que no exceden las tareas de cada categoría (art. 8).

¿Qué es una principal?

La enfermera equivalente a la caba de cirugía del CCT 122/75 (art. 7 A).

¿Qué diferencia hay entre cuidados intensivos y medios?

Cuidados intensivos es el área de terapia intensiva; cuidados medios equivale al piso y los consultorios externos del CCT 122/75 (art. 7).

¿Hay mucamas y auxiliares de distintas áreas?

Sí, de cuidados intensivos o cirugía y de cuidados medios (sala o consultorio) (art. 6).

¿Qué categorías tiene administración?

Administrativos de 1.º a 3.º, cadete, chofer y telefonistas según la cantidad de líneas (escala 2026).

¿Qué pasa con una categoría nueva?

Se comunica a FATSA para acordar funciones, remuneración y horario (art. 10).

Salarios y escala
¿Cuánto cobra una enfermera de cuidados intensivos?

$ 1.762.872,72 de básico desde abril de 2026 ($ 1.706.107,12 en febrero), según el acuerdo del 17/3/2026.

¿Y la categoría más alta?

La principal de cuidados intensivos: $ 2.382.416,45 desde abril de 2026.

¿Y la más baja?

El cadete: $ 1.120.255,92 desde abril de 2026.

¿Cuánto cobra un administrativo?

De $ 1.277.161,17 (3.º) a $ 1.360.224,09 (1.º) desde abril de 2026.

¿Y el personal de mantenimiento?

Técnico biomédico $ 1.597.932,77, oficial $ 1.335.998,95, medio oficial $ 1.308.311,61 y peones $ 1.207.942,81 desde abril de 2026.

¿Hay una suma no remunerativa?

Sí, $ 80.000 en febrero, $ 85.000 en marzo y $ 90.000 por mes desde abril de 2026 para todo el personal (punto 3).

¿Cuándo se revisa la escala?

Las partes acordaron reunirse en mayo de 2026 para revisar las escalas (punto 2).

¿Hay adicional por título de enfermería?

Sí: $ 186.027,34 por mes con título de licenciada y $ 124.019,13 con título de enfermera profesional, desde abril de 2026 (punto 5).

¿Y por estudiar?

Sí: $ 79.003,15 por cursar enfermería (hasta cuatro años) y $ 39.501,79 por estudiar inglés, desde abril de 2026 (punto 5).

¿Hay adicional por idioma?

Sí, $ 67.151,68 por manejo fluido de inglés certificado, desde abril de 2026 (punto 5).

¿Y por diferencia de caja?

$ 59.250,65 por mes desde abril de 2026 (punto 5).

¿Qué es el premio por servicio esencial?

Un premio del 3% mensual del salario básico para todo el personal, desde octubre de 2014.

¿Cuánto es el presentismo?

El 15% de la remuneración mensual, para quien no tiene faltas en el mes; no se pierde por vacaciones, matrimonio, nacimiento, fallecimiento de familiares, donación de sangre o exámenes (hasta 10 días por año) (art. 14).

¿Hay premio por puntualidad?

Sí, el 5% de la remuneración, con demoras acumuladas de hasta 30 minutos y no más de 3 faltas de puntualidad en el mes (art. 15).

¿Qué pasa si tengo presentismo todo el año?

Se suman 5 días a la licencia anual ordinaria, en la fecha que fije la Fundación (art. 14).

¿Cuánto es el adicional nocturno?

Un 4% más de la remuneración por las horas entre las 22 y las 6 (art. 12 A).

¿Y por tareas de otra categoría?

Se cobra la remuneración de la categoría superior mientras se la ejerce, o un 4% más por tareas no habituales sin remuneración prevista (art. 12 B).

¿Qué es el bono vacacional?

Un pago no remunerativo por única vez con el sueldo del mes siguiente a las vacaciones: $ 235.808,53 desde febrero, $ 239.817,27 desde marzo y $ 243.654,35 desde abril de 2026 (punto 6).

¿Hay un pago por el Día de la Sanidad?

Sí, una asignación no remunerativa de $ 66.572 antes del 20 de septiembre de 2026 (punto 4).

¿Hay reintegro por lavado de uniforme?

Sí, el personal de enfermería mantiene limpio su uniforme y cobra un adicional de $ 56.589,33 por mes desde abril de 2026 (art. 13 y punto 5).

¿Cuánto cobra un técnico de laboratorio?

$ 1.461.758,33 de básico desde abril de 2026 ($ 1.414.688,80 en febrero).

¿Y un auxiliar de enfermería?

$ 1.488.284,95 en cuidados intensivos y $ 1.443.296,56 en cuidados medios y consultorios, desde abril de 2026.

¿Y un mucamo?

$ 1.190.635,82 en cuidados intensivos y $ 1.131.796,17 en cuidados medios, desde abril de 2026.

¿Cuánto subió la escala en 2026?

Alrededor de un 8% entre noviembre de 2025 y abril de 2026: la enfermera de cuidados intensivos pasó de $ 1.626.771,04 a $ 1.762.872,72 (acuerdos del 2/12/2025 y 17/3/2026).

¿Se cobra el adicional por estudio indefinidamente?

No, por un máximo de cuatro años y presentando el certificado de alumno regular cuando se lo pida (adicionales b y d).

¿Qué pasa con los aumentos dados por la Fundación?

Los aumentos unilaterales de 2026 pueden absorberse hasta su concurrencia (punto 9).

¿Cuánto es la bonificación por sala maternal?

El 25% del salario básico de la mucama de cuidados medios (cláusula sobre el art. 26 del CCT 122/75).

¿Y el subsidio por fallecimiento?

El 50% del salario básico de la mucama de cuidados medios (cláusula sobre el art. 33 del CCT 122/75).

Jornada y guardias
¿Qué horario tiene la enfermera de cuidados intensivos?

36 horas semanales en tres jornadas de 12 horas no consecutivas, con un domingo libre semana por medio (art. 16 A).

¿Y la de cuidados medios?

Un promedio de 42 horas: dos semanas de 48 horas (cuatro jornadas de 12) y dos de 36 (tres jornadas de 12), con domingo libre semana por medio (art. 16 B).

¿Y en cirugía e instrumentación?

36 horas semanales: cuatro jornadas de 7 horas y una de 8 (art. 16 C).

¿Hay guardias de 12 horas para otras áreas?

Sí, la Fundación puede contratar personal de cualquier agrupamiento para guardias de 12 horas en las condiciones del área crítica (art. 17).

¿Qué horario rige para el resto?

El del CCT 122/75 (art. 16).

¿Se pueden usar contratos promovidos?

El texto habilita las modalidades de la Ley 24.013 informando a FATSA dentro de las 72 horas (arts. 3 y 4); hoy rigen las modalidades de la ley vigente.

Licencias y beneficios
¿Qué licencias corresponden?

Las del CCT 122/75 y, como mínimo, las de la ley (art. 1).

¿Cuántos días de vacaciones corresponden?

Al menos los de la ley (14, 21, 28 o 35 días corridos según la antigüedad), más 5 días con presentismo completo todo el año (art. 14).

¿La licencia afecta el presentismo?

No las de matrimonio, nacimiento, fallecimiento de familiares de primer y segundo grado, donación de sangre y exámenes hasta 10 días por año (art. 14).

¿Se puede modificar el convenio?

Cualquiera de las partes puede proponer cambios fundados; se reúnen dentro de los 15 días (art. 2).

¿Quién interpreta el acuerdo de 2026?

La Comisión Negociadora, cuando haya dudas sobre su aplicación (punto 1).

¿Pueden reunirse antes de que venza?

Sí, a pedido de cualquiera de las partes, para analizar la evolución de lo acordado (punto 1).

¿Hay aporte solidario?

Sí, el 1% de la remuneración integral mensual mientras rija el acuerdo; los afiliados lo compensan con la cuota (punto 8).

¿Hay contribución empresaria al sindicato?

Sí, una contribución extraordinaria por trabajador de $ 12.875 en febrero, $ 13.577 en marzo y $ 14.270 en abril de 2026, que se revisa desde mayo con los salarios (punto 7).

Derechos generales de la ley
¿Cuánto es el preaviso?

Un mes con hasta cinco años de antigüedad y dos meses con más; durante el período de prueba no corresponde preaviso (art. 231 de la Ley de Contrato de Trabajo, texto de la Ley 27.802).

¿Qué indemnización corresponde por despido sin causa?

Un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual por cada año o fracción mayor de tres meses (art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿Cómo se paga el aguinaldo?

En junio y diciembre, el 50% de la mejor remuneración de cada semestre (Ley 23.041).

¿Cómo se pagan las horas extras?

Con un 50% de recargo en días comunes y un 100% sábados después de las 13, domingos y feriados (art. 201 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿Cuánto se cobra por enfermedad inculpable?

3 meses con menos de 5 años de antigüedad y 6 con más, el doble con cargas de familia (art. 208 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿Cuántos días hay por nacimiento, matrimonio y fallecimiento?

Como mínimo los de la ley: 2 días por nacimiento, 10 por matrimonio, 3 por cónyuge, hijos o padres y 1 por hermanos (art. 158 de la Ley de Contrato de Trabajo), o los que mejore el CCT 122/75.

¿Hay días por examen?

Como mínimo 2 días corridos por examen, hasta 10 por año (art. 158 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿Cuánto dura la licencia por maternidad?

90 días, con la asignación a cargo de la seguridad social (art. 177 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿Hay pausas por lactancia?

Dos descansos de media hora por día durante el primer año del hijo (art. 179 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿Quién cubre un accidente de trabajo?

La aseguradora de riesgos del trabajo, según la Ley 24.557.

¿Cuál es la jornada máxima legal?

Ocho horas diarias o 48 semanales, según la Ley 11.544, con las excepciones de jornada pactadas en el convenio.

¿Cuándo se paga el sueldo?

Dentro de los cuatro días hábiles del mes siguiente (art. 128 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿Cuándo se entrega el certificado de trabajo?

Al terminar la relación, con las constancias de aportes, dentro de los 45 días hábiles (art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo).

¿No encontraste lo que necesitabas? Consultá con un especialista. Dentro de las 24 horas te contactamos con una respuesta personalizada.

Consultá con un especialista →

COMPARTIR:LinkedInXFacebookWhatsApp
©

2026 HRUseful.com — Contenido de elaboración propia basado en fuentes oficiales actualizadas a octubre 2026. Se permite la reproducción parcial o total con mención expresa de la fuente: hruseful.com. Para consultas y asesoramiento especializado visitá nuestro centro de contacto.