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CABA Ley 471 - Jornada y Condiciones
La jornada estándar es de 35 horas semanales, lo que equivale a 7 horas diarias en jornada de lunes a viernes. Esta jornada es inferior a la del sector privado (48 horas semanales) y a la de muchos regímenes provinciales. Existen regímenes especiales con jornadas distintas: el personal de salud, los docentes y otros colectivos específicos tienen jornadas diferenciadas fijadas en sus estatutos particulares o convenios colectivos.
