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CABA Ley 471 - Acoso y Violencia Laboral
Sí, la renuncia de la víctima no extingue la investigación disciplinaria contra el denunciado, que debe continuar hasta su resolución para determinar la responsabilidad y eventual sanción correspondiente.
Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.
