¿Qué es el ‘descargo verbal’ y es válido en un sumario administrativo del SINEP?

Categoría: CCTG 214/06 - Régimen Disciplinario

La mayoría de los regímenes exige que el descargo se presente por escrito para dejar constancia formal en el expediente, aunque puede complementarse con una audiencia oral si la reglamentación específica del organismo lo prevé.

Para comparar con el régimen nacional (Ley 25.164, con los cambios de la Ley Bases) y con el de cada provincia, mirá la guía de régimen disciplinario del empleo público: cesantía, exoneración y sumario.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *